La normativa en cuanto a las cuotas de trabajadores autónomos se refiere, presenta importantes cambios a efectos desde el 1 de enero de 2023. Los autónomos experimentarán cambios en su cuota mensual a la Seguridad Social ya que estas cuotas se establecerán en base a los ingresos reales que el autónomo obtenga, es decir, la cuota que pagarán los trabajadores autónomos dependerán de sus rendimientos netos anuales.
¿Cómo calculamos los rendimientos netos anuales?
Pongamos un ejemplo para ayudaros a entender cómo un autónomo en estimación directa debe calcular sus rendimientos netos:
Durante el año 2022, se han percibido unos ingresos totales de 20.000€ y se han tenido unos gastos anuales asociados a la actividad de 6.000 €. El gasto de la cuota de autónomos anual asciende a 3.540 €.
A esta cantidad le vamos a descontar el 7 % de la deducción de gastos (3% si eres autónomo societario), es decir: 1.227,80 € (17.540 € * 0.07)
Una vez descontados dichos gastos ya podemos obtener nuestro rendimiento neto anual: 16.312,20€ y para sacar el rendimiento mensual, debemos de dividir el rendimiento anual entre 12 meses es decir, 1.359,35 € sería nuestro rendimiento neto mensual.
Una vez hemos obtenido nuestros rendimientos, iremos a la tabla para conocer en que tramos nos encontramos, que en nuestro ejemplo, estaremos en el tramo 2 entre 1.300 € y 1.500 € de rendimientos y una base mínima de cotización de 950.98 € y una base máxima de 1.500 €; entre esta base mínima y la máxima podremos elegir la base por la que finalmente queremos cotizar y a esa base, para sacar la cuota a pagar, debemos de multiplicarla por el 31,2 %.
Volviendo a nuestro ejemplo, el autónomo decide que su base de cotización sea 1.400 € y por lo tanto, la cuota que va a pagar mensualmente será: 436,80 €
¡OJO! No podremos cotizar por una base mayor a la que corresponda en función de nuestros rendimientos.
¿Si mis rendimientos son inferiores al tramo 1 de la tabla anterior?
Si prevés que tus rendimientos mensuales van a estar por debajo del importe del límite inferior del primer tramo de la tabla anterior, puedes optar por una base de cotización reducida también aprobada por la ley.
¿Qué pasa si a lo largo del año mis rendimientos cambian? ¿Puedo cambiar mi base de cotización?
Si a lo largo del año 2023 estimas una variació n de los rendimientos netos bien porque preveas que vas a ganar más o por el contrario, los rendimientos están siendo inferiores a los esperados, podrás comunicar y cambiar cada 2 meses una nueva base de cotización, adaptando nuestra cuota, con un máximo de 6 cambios al año.
Fechas para la modificación de la base de cotización durante el año:
✅ 1 de marzo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
✅ 1 de mayo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
✅ 1 de julio de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
✅ 1 de septiembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
✅ 1 de noviembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
✅ 1 de enero del año 2024, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
Cuotas de autónomo societario 2023
Los autónomos societarios tendrán una base mínima de cotización de 1.000 € mensuales, estableciéndose una cuota mínima de 312 €.
Cuota de autónomo colaborador en 2023
Los autónomos colaboradores no podrán cotizar por una base inferior al salario mínimo interprofesional que en 2023 se espera que esté fijado en 1.080 € mensuales. En 14 pagas sería 15.120 €.
Cuota de autónomos para mayores de 47 años en 2023
A partir de este año, cotizarán por sus ingresos reales como el resto de autónomos sin tener sus bases topadas como hasta ahora se venía haciendo ya que los mayores de 47 años tenían límite en su base de cotización (2.055 € al mes). Estos autónomos podrán incrementar sus bases siempre que se encuentren entre las bases que sus rendimientos les permitan.
Tarifa plana autónomos 2023
La nueva tarifa plana para autónomos que se den de alta en 2023 pasa a ser de 80€ mensuales durante los primeros 12 meses de actividad.
¿Quiénes se benefician de esta tarifa plana?
Aquellos que no hayan estado dados de alta en los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de la nueva alta, o bien 3 años, en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción.
¿Cuánto dura la tarifa plana?
Transcurrido los primeros 12 meses, tendrán una cuota reducida los siguientes 12 meses, a aquellos que prevean que sus rendimientos económicos netos anuales, vayan a ser inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a ese período y así lo comuniquen.
Autónomos con una discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, podrán solicitar la aplicación, en el momento del alta, de una cuota reducida de 80€ durante los primeros 24 meses.
Es importante saber que los autónomos que a 31 de diciembre de 2022 fueran beneficiarios de la antigua tarifa plana, continuarán disfrutando de la misma, hasta que se agote el periodo máximo establecido, en las mismas condiciones.
¿Cómo nos afecta el nuevo impuesto MEI en la cuota?
Nuevo impuesto MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) que afecta tanto a autónomos, trabajadores y empresas, con efectos desde el 1 de enero de 2023. Con este nuevo impuesto, veremos que nuestra cuota se incrementa un poco más respecto a la primera tabla que os mostramos en el artículo.
Afecta tanto a empresas como a trabajadores, que lo ven reflejado en sus nóminas como un incremento en las cotizaciones por contingencias comunes.
Los trabajadores cotizaban 4.7% y desde el 1 de enero se ha incrementado 0.10% pasando a cotizar 4.8%.
Las empresas, han pasado de cotizar 23.6% a 24.01% (incremento del 0.5%) en contingencias comunes en las nóminas de sus trabajadores..
En el caso que nos concierne en este artículo, trabajadores autónomos, verán un incremento en su cuota mensual también por la aplicación del MEI ya que pasan de cotizar por un porcentaje de 30.6% a 31.2%, sobre su base reguladora, es decir, un incremento del 0,6% respecto años anteriores.
¿Tu cuota de enero se ha incrementado más de lo que esperabas?
Ademas del incremento por el impuesto MEI, algunos trabajadores por cuenta propia han visto otro incremento superior en su cuota.
Otro de los motivos de este incremento es que, si al darte de alta en autónomos activaste la opción “Revalorización automática de la base reguladora, te habrán aplicado el incremento del 8,6%, además del incremento de las bases de cotización para este 2023.
Recuerda que tienes hasta 6 veces al año para realizar cambios en la base mínima de cotización basada en tu ingresos reales que prevés tener durante el año.
Guarda este artículo a mano para poder consultar las tablas y sobretodo las fechas para modificar las bases de cotización. Ante cualquier duda, ponte en manos de nuestros asesores, solicita una consulta en info@meanaasesores.es