Son muchas las obligaciones que deben respetar todas las empresas tanto a nivel fiscal como laboral. Hoy os traemos los 10 pilares fundamentales que no debes dejar pasar en tu empresa a nivel laboral. Hay que tener en cuenta que cuando decimos impredecibles, hablamos de obligatoriedad, no son opcionales y su incumplimiento podría acarrear sanciones económicas importantes. Si tienes una empresa, sigue leyendo este artículo.
1. Plan de prevención de riesgos laborales:
Su incumplimiento se tipifica como infracción grave de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), artículo 12, 1 a), y la sanción consistirá en multa, en su grado mínimo, de 2.451 a 9.830 euros; en su grado medio, de 9.831 a 24.585 euros; y en su grado máximo, de 24.586 a 49.180 euros.
2. Protocolo de acoso sexual:
Todas las empresas, con independencia de la plantilla, deben establecer este protocolo. Su incumplimiento se tipifica como infracción grave de la LISOS, artículo 7.13 y la sanción consistirá en multa, en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.
3. Protección de datos:
La protección de datos es de obligado cumplimiento para las empresa la LOPDGDD y sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta norma la LISOS considera sanción muy grave solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección que constituyan discriminación de acceso al empleo. Artículo 16.1 C). Sanción: Multa, en su grado mínimo, de 7.501 a 30.000 euros; en su grado medio de 30.001 a 120.005 euros; y en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros
4. Protocolo de desconexión digital:
Su incumplimiento se tipifica como Infracción grave de la LISOS, artículo 7.5. Sanción: Multa , en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.
5. Calendario laboral:
Infracción Leve de la LISOS, artículo 6.1 Sanción: Multa , en su grado mínimo, con multas de 70 a 150 euros; en su grado medio, de 151 a 370 euros; y en su grado máximo, de 371 a 750 euros.
6. Registro de jornada diaria:
Infracción Grave de la LISOS, artículo 7.5 Sanción: Multa en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.
7. Registro Salarial:
Su incumplimiento se tipifica como infracción grave de la LISOS, artículo 7.13 y la sanción consistirá en multa, en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.
8. Plan de igualdad:
Todas las empresas de más de 50 trabajadores deberán tener aprobado los planes de igualdad. Su incumplimiento se tipifica como infracción grave de la LISOS, artículo 7.13 y la sanción consistirá en multa, en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros., o inclusive puede suponer infracción muy grave en los términos del apartado 2 del artículo 46 bis de la LISOS.
9. Plan general de discapacidad:
Obligación para empresas de más de 50 trabajadores. Su incumplimiento se tipifica como infracción grave de la LISOS, artículo 15.3 y la sanción consistirá en multa, en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.
10. Reconocimientos médicos:
Su incumplimiento se tipifica como infracción grave de la LISOS, artículo 12.2, y la sanción consistirá en multa, en su grado mínimo, de 2.451 a 9.830 euros; en su grado medio, de 9.831 a 24.585 euros; y en su grado máximo, de 24.586 a 49.180 euros.
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