¿Qué es el “Kit Digital”? Se trata de una concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la agenda España Digital 2025, el plan de digitalización de Pymes 2021-2025 y el plan de recuperación, transformación y resiliencia de España.
Se trata de un programa de ayudas para que pequeñas empresas logren insertarse en el mundo digital, además de crear una red para contactar a PYMES con expertos del mundo digital.
Dentro de este programa podrán beneficiarse las dos partes, es decir, todas aquellas pymes que necesiten ayuda para lanzarse al mundo digital y los Agentes digitalizadores que se encargarán del proceso, más adelante explicaremos cada una de las partes y los requisitos que deben cumplir para adherirse al programa.
Requisitos para adherirse al programa de Agentes Digitalizadores
1. Contar con una facturación acumulada de, al menos, 100.000€ en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 50.000€ en el año anterior, en proyectos similares a los que se deben desarrollar para los beneficiarios en cualquiera de las categorías de soluciones de digitalización.
2. En el caso de personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000€ en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 35.000€ en el año anterior.
3. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
4. No tener la consideración de empresa en crisis
5. Acreditar tener domicilio fiscal, y centro de prestación de las actividades objeto de subvención, en la Unión Europea.
6. Disponer, en el momento de la solicitud, de una página WEB dedicada al Programa Kit Digital en un nombre de dominio del Agente Digitalizador, en dicha WEB podrá detallarse la oferta técnica y comercial dentro de cada referencia, siempre y cuando los productos y servicios ofrecidos cumplan con los requisitos mínimos establecidos.
Características de participación en el KIT DIGITAL
1. La oferta de productos y/o servicios que se ofrezcan a las entidades beneficiarias se ajustará a los precios de mercado.
2. Serán los beneficiarios de las ayudas quienes contraten los productos y servicios ofrecidos por los Agentes Digitalizadores.
3. En ningún caso el interesado podrá hacer uso de logotipos, símbolos o imágenes, o publicar o difundir su condición de Agente Digitalizador, de hacerlo podría ser expulsado del programa.
Obligaciones de los Agentes Digitalizadores
1. El Agente Digitalizador deberá mencionar, en las acciones de comunicación, publicaciones, páginas web o similares, que la financiación de las ayudas se efectúa con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por el Plan Europeo Next Generation EU.
2. El Agente Digitalizador se obliga a emitir las facturas de los servicios contratados por las pymes beneficiarias.
Debemos tener en cuenta que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de 6 meses desde la presentación de la solicitud, transcurrido ese plazo si no se notifica lo contrario, se considera desestimada por silencio administrativo.
Los agentes digitalizadores podrán modificar su catálogo de servicios en todo momento, la solicitud de modificación hay que tener en cuenta que no podrá tramitarse hasta 6 meses después desde la fecha de alta como agente digitalizador y en el caso de querer darse de baja como agente digitalizador, deberán tener en cuenta que no podrán hacerlo si tienen algún trabajo en proceso o pendiente.
Catálogo de servicios:
- Página web y presencia en internet
- Comercio electrónico
- Gestión de Redes sociales
- Gestión de clientes
- Inteligencia empresarial y analítica
- Servicios y herramientas de oficina virtual
- Gestión de procesos
- Facturación electrónica
- Comunicaciones seguras
- Ciberseguridad
Recordamos que ya está disponible el acceso para adherirse a la RED DE AGENTES DIGITALIZADORES, recomendando revisar previamente los requisitos especificados.
Requisitos para las PYMES beneficiarias de la ayuda
Aunque la convocatoria para las Pymes aún no se ha publicado (previsiblemente lo hará a finales de febrero), ya se puede informar de los requisitos para acceder a las ayudas:
- Ser pequeña empresa, microempresa o autónomo
- Cumplir límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresa
- No tener consideración de empresa en crisis
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a a la seguridad social
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal o compatible con el mercado común.
- No superar el límite de ayudas “mínimis”.
El programa ofrece a las PYMES un bono digital con una cuantía económica para que la administre escogiendo una o varias soluciones digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores que desarrollen los servicios del catálogo descrito anteriormente.
MÁS INFORMACIÓN EN
- WWW.ACELERAPYME.ES
- EN EL TELÉFONO 900 909 001