Como ya es tradición cada 22 de diciembre inauguramos la Navidad con el clásico sorteo de la Lotería de Navidad. Pero, ¿Qué debemos saber sobre el sorteo? Entramos en detalles, ¡Sigue leyendo!
¿Qué premios pueden tocar?
La lotería de Navidad reparte 2.408 millones de euros, misma cantidad que se repartió el año pasado. Los premios disponibles son:
- Primer premio o el famoso “El Gordo de Navidad”: 400.000€ al décimo jugado.
- Segundo premio,125.000€ al décimo jugado.
- Tercer premio, 50.000€ al décimo jugado.
- Cuarto premio, 20.000€ al décimo jugado.
- Quinto premio, 6.000€ al décimo jugado.
- Dos últimas cifras del primer premio,120€ al décimo jugado.
- Dos últimas cifras del segundo o tercer premio, 100€ al décimo jugado.
- Pedrea, 100€ al décimo jugado.
- Cuatro últimas cifras, centenas y decenas de primer, segundo, tercer y cuarto premio (tres primeras cifras) 100€ al décimo jugado.
- Aproximación tercer premio, 960€ al décimo jugado.
- Aproximación segundo premio, 1.250€ al décimo jugado.
- Aproximación al primer premio, 2.000€ al décimo jugado.
- Última cifra del primer premio (reintegro), 20€ al décimo jugado.
¿Qué sucede si comparto un décimo con otra persona?
Es muy común que se compartan décimos con otras personas, compañeros de trabajo, familia, amigos,… pero ¿Cómo se acredita la cotitularidad del mismo? Es recomendable, realizar una foto o fotocopia como garantía de la participación, otra manera seria la firma de un documento que acredite la cotitularidad donde se incluyan los datos de los participantes y proporciones del premio que cada una de las partes recibirá.
Aunque bien sabemos que es muy común dejar constancia de ello vía WhatsApp, debemos tener en cuenta que es una prueba válida a la hora de acudir (si se diera el caso) a los tribunales. Aunque en algunas ocasiones para acreditar la coparticipación se pueden plantear obstáculos a la hora de su acreditación.
¿Cuánto dinero se lleva Hacienda por mi premio?
Hablando claro, esta es la duda que a muchos nos surge, previa al sorteo de Navidad, bien pues pongamos casos prácticos para entenderlo mejor.
Primero maticemos datos, como por ejemplo, todos los premios inferiores a 40.000€ estarían exentos de impuestos y retenciones. Todos los premios que estén por encima de 40.000€ si estaría gravados con un impuesto del 20%. Debemos tener en cuenta, ¡MUY IMPORTANTE! SÓLO SE TRIBUTA POR EL IMPORTE RESTANTE A ESOS 40.000€, es decir:
- Sí eres uno de los afortunados en recibir “El Gordo de Navidad” (400.000€ al décimo jugado) tributaremos por 360.000€ (ya que como hemos dicho los primeros 40.000€ estarían exentos), es decir en este caso, Hacienda se llevaría 72.000€ en impuestos, entonces ¿Cuánto ganarías?:
360.000€ – 72.000€ (impuestos) = 288.000€ + 40.000€ (parte exenta de impuestos) = 328.000€
Esto sucedería de la misma manera con todos los premios superiores a 40.000€
¿Qué sucede si “El Gordo de Navidad” es un premio compartido con mas personas?
Bueno, en este caso, hablamos de “El Gordo” pero se aplicaría de la misma manera a todos los premios del sorteo.
Si por ejemplo, jugásemos cuatro personas un décimo premiado con “El Gordo”, la cantidad exenta de impuestos sería 40.000€, el monto restante (cómo explicamos anteriormente) tributaría por el 20%, es decir, cada jugador no recibiría los 90.000€ de forma íntegra, sino que tendría que aplicarse un 20% sobre esa cantidad antes de que fuese percibida por los agraciados participantes, añadiendo el porcentaje correspondiente de los 40.000€ exentos de impuestos.
Es Loterías y Apuestas del Estado quien se encarga de ingresar el porcentaje de retención correspondiente en Hacienda y entregar a cada uno de los jugadores del décimo la cantidad que les corresponda en función de su porcentaje de participación.
Lo más recomendable es que todos los ganadores acudan a cobrar el premio. Esta es la mejor manera de acreditar que el premio es compartido.
¿Qué pasa si decido quedarme con un décimo premiado que tengo compartido con otras personas?
En ese caso, los jugadores perjudicados podrían denunciar por delito de apropiación indebida. Dependiendo de la cuantía del premio las penas varían considerablemente. Así, el supuesto inferior sería si tal cuantía es menor a 400€, en cuyo caso se estaría en penas de multa de uno a seis meses de multa.
Superando los 400€ y hasta 50.000€, las penas pueden ir desde los seis meses a tres años de prisión. Las penas se endurecen a partir de 50.0000€ y oscilan entre uno y 6 años de cárcel y multas de 6 a 12 meses, conforme agravante específica establecida en el número 5 del art. 250.1 del Código Penal. Si el premio superase los 250.000€, la pena sería de 8 años de prisión y multa de 12 a 24 meses.
Fuente: www.elderecho.com
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Dicho esto, ¡Mucha suerte a todos! Y ¡Feliz Navidad!